Qué es un ETF y en qué se diferencia de un fondo de inversión
Ambos reparten el dinero de un inversor entre muchos activos, pero cotizan y tributan de forma distinta. Esa diferencia fiscal, más que la de compraventa, es la que suele decidir cuál conviene según el horizonte.
Un ETF, o fondo cotizado, es un vehículo de inversión que reparte el dinero entre muchos activos —acciones, bonos, materias primas— igual que un fondo tradicional, pero se compra y se vende en bolsa en cualquier momento de la sesión, con un precio que se mueve en tiempo real. Un fondo de inversión clásico, en cambio, se suscribe y se reembolsa a un único precio diario, el valor liquidativo, calculado al cierre del mercado.
Esa diferencia de mecánica —cotizar frente a suscribir— es la más visible, pero no la que más pesa a largo plazo. La que de verdad condiciona una decisión de inversión es fiscal, y tiene que ver con qué ocurre cuando alguien quiere cambiar de producto sin retirar el dinero del mercado.
Cómo se gestiona cada uno por dentro
Tanto el ETF como el fondo de inversión reparten el riesgo entre decenas o cientos de activos, lo que reduce el impacto de que uno solo de ellos se comporte mal. La mayoría de ETF sigue un índice de forma pasiva, replicando su composición, aunque también existen ETF de gestión activa. Los fondos de inversión pueden ser pasivos o activos por igual. La diferencia no está en qué hay dentro, sino en cómo se entra y se sale.
Entrar y salir de un ETF requiere una cuenta de valores y conlleva las comisiones de intermediación propias de cualquier operación bursátil, además de un diferencial entre precio de compra y de venta. Entrar y salir de un fondo de inversión no pasa por bolsa: se hace directamente con la gestora o el comercializador, a valor liquidativo, sin ese diferencial.
La diferencia que decide: qué pasa con la ganancia acumulada
Cuando un inversor con un fondo de inversión decide cambiar de estrategia, puede hacer un traspaso: mover el capital de un fondo a otro sin que Hacienda considere que ha habido una venta. Según el artículo 94.1.a) de la Ley 35/2006 del IRPF, ese traspaso no computa como ganancia ni pérdida patrimonial en el momento en que se produce: el impuesto se difiere hasta el reembolso definitivo del dinero, sea cuando sea. Con un ETF esto no es posible: cada venta es un hecho imponible, se reinvierta el importe en otro ETF o no. Desde el 1 de enero de 2022, además, los ETF cotizados en bolsa extranjera reciben el mismo trato que los españoles, así que ninguno de los dos puede acogerse al diferimiento.
- 1 Cartera con ganancia acumulada 10.000 euros invertidos que han generado 2.000 euros de beneficio.
- 2 Decisión de cambiar de producto El inversor quiere mover el dinero a otro vehículo similar.
- 3 Fondo de inversión: traspaso No computa ganancia patrimonial en ese momento. El impuesto se difiere.
- 4 ETF: venta Se tributa el 19% de los 2.000 euros de ganancia: 380 euros salen de la inversión.
- 5 Capital que sigue trabajando 1.620 euros se reinvierten tras la venta del ETF, frente a los 2.000 euros íntegros del traspaso en fondos.
Conviene un ejemplo con dos carteras idénticas de 10.000 euros que, a lo largo de diez años, rebalancean su composición tres veces. La cartera en fondos de inversión traspasa entre productos cada vez que cambia de estrategia: no tributa en ninguno de esos movimientos, y todo el capital —incluida la ganancia generada— sigue trabajando de un producto al siguiente. La cartera en ETF, en cambio, tiene que vender para cambiar de posición. Si en uno de esos rebalanceos la cartera acumula 2.000 euros de ganancia sobre los 10.000 iniciales, esa ganancia tributa al venderse: el primer tramo de la escala estatal del ahorro aplica un 19% desde el primer euro hasta 6.000, así que de esos 2.000 euros se descuentan 380. Solo 1.620 euros se reinvierten en el siguiente ETF, frente a los 2.000 euros completos que habría movido un traspaso entre fondos.
El primer tramo, el que afecta a la mayoría de ganancias moderadas, retiene el 19% desde el primer euro hasta 6.000.
Esta escala es progresiva por tramos: el 19% se aplica a la parte de la base liquidable del ahorro entre 0 y 6.000 euros; entre 6.000 y 50.000 euros el tipo sube al 21%; entre 50.000 y 200.000 euros, al 23%; entre 200.000 y 300.000 euros, al 27%; y a partir de 300.000 euros, al 30%. Esta escala, vigente desde el 1 de enero de 2025 según la Ley 7/2024, elevó el último tramo del 28% al 30%, así que cualquier cifra anterior a esa fecha que mencione un 28% corresponde a un ejercicio ya superado.
El matiz importante es que diferir no es eximir. Toda la ganancia acumulada en un fondo de inversión, por muchos traspasos que haya habido de por medio, aflora entera cuando finalmente se reembolsa el dinero de forma definitiva. Decir que traspasar entre fondos "no tributa nunca" es un error extendido: lo que ocurre es que el pago se pospone, no que desaparezca.
Además de la fiscalidad, hay otros matices prácticos. Un ETF puede comprarse y venderse en cualquier momento de la sesión bursátil, lo que da flexibilidad pero también expone a las oscilaciones de precio dentro del día. Un fondo de inversión solo opera a un precio diario, lo que elimina esa variable pero añade el tiempo de espera hasta la siguiente valoración. Ambos productos pueden perder valor: ni el ETF ni el fondo garantizan recuperar el capital invertido, porque su rentabilidad depende del comportamiento de los activos que replican o gestionan.
La CNMV publica una guía específica sobre fondos cotizados que detalla estas características, y la Agencia Tributaria recoge el régimen de tributación del ahorro en su Manual práctico de Renta, con las cifras correspondientes a cada ejercicio fiscal.